La Cámara Civil y Comercial Federalconfirmó una sentencia que hizo lugar a la prescripción de una causa a raíz del fallecimiento de un policía. Los jueces consignaron que “la acción no tiene sustento en el contrato administrativo de empleo público que unía al causante con la demandada”, razón por la cual “la controversia debe subsumirse en la previsión del art. 4037 del Código Civil, que fija un plazo bienal en los supuestos de responsabilidad civil extracontracual”.